CÓDIGO DE ÉTICA Y CONDUCTA

Introducción

MTI Manejo Técnico de Información S.A., consciente de las responsabilidades qué tiene frente a la sociedad y al país, se ha comprometido a liderar en forma permanente una política transparente, guiada por sus principios y valores, además de estar comprometida con el desarrollo económico de Colombia bajo un estricto cumplimiento de la ley.

Por ello, el presente código de ética enuncia los principios y normas de conducta qué guían la actitud y comportamiento de los directivos, funcionarios, terceros y contratistas de MTI S.A. de tal forma que puedan mantener excelentes relaciones, con personal comprometido con el crecimiento y desarrollo de la compañía y del país.

Las políticas, reglas de conducta, códigos y manuales de MTI S.A, no sustituyen el buen criterio, responsabilidad, sentido común y prudencia indispensable para el mejor desempeño en las actividades qué se desarrollan, pero sus disposiciones son de obligatorio cumplimiento.

Todos los negocios, operaciones y actividades qué realicen los directivos, funcionarios, contratistas y terceros en su nombre, deben estar regidos por los principios éticos establecidos en el presente Código.

El presente Código de Ética y Conducta complementa el “Código de Ética y Conducta de Thomas Greg & Son Limited (Guernsey) S.A, el cual fue aprobado por la Junta Directiva., mediante Acta No. 138 de agosto 23 de 2017. Incorporando pautas éticas y de conducta que deberán actuar como referente obligatorio de todos los Colaboradores, Junta Directiva y Directivos del Grupo Thomas, de manera que sus actuaciones y el cumplimiento de sus deberes, observen los principios establecidos para promover transparencia y confianza en las relaciones internas de la Compañía, con terceros/grupos de interés y con la sociedad.

Disposiciones Generales

Misión

Satisfacer las necesidades de nuestros clientes ofreciendo soluciones eficientes e innovadoras para el procesamiento y la gestión de la información, cumpliendo con las expectativas de los diferentes grupos de interés y garantizando el desarrollo sostenible.

Visión

Ser reconocida en el mercado como la mejor empresa en la administración de procesos basados en información.

Valores y principios corporativos MTI S.A.

Los valores y principios de nuestra compañía han sido definidos por considerar que identifican claramente nuestra forma de actuar y deberán primar en las acciones de directivos y funcionarios, garantizando la excelente conducta personal y prácticas de negocios.

  • Honestidad
  • Respeto
  • Trabajo en equipo
  • Confianza
  • Compromiso Compromisos de MTI S.A.

Responsabilidad social

MTI S.A. se compromete a crear valor para sus diferentes grupos de interés, buscando el equilibrio entre los componentes económico, social y ambiental además de fomentar estándares éticos en todas sus actuaciones.

Derechos humanos

MTI se compromete a respetar los derechos humanos en todo momento. En este sentido, la compañía cumple con las leyes laborales aplicables, lo cual se fundamenta en el pago adecuado de salarios y honorarios, evitando en todo momento el trabajo forzado o realizado por menores de edad. Asimismo, evita cualquier tipo de acto de discriminación tal como edad, raza, etnicidad, religión, género, capacidad diferente, estado civil u orientación sexual, entre otros; dando una alta importancia a la conservación de un ambiente de trabajo seguro, sano, productivo y digno.

El medio ambiente

MTI S.A. define el compromiso con el medio ambiente cómo un elemento esencial para el desarrollo sostenible, regido por los siguientes parámetros:

  • Uso racional de los recursos y consideración del impacto ambiental
  • Implementación de buenas prácticas ambientales y adopción de tecnologías limpias
  • Desarrollo de una cultura ambiental en nuestros colaboradores, qué se transmita al entorno laboral, social y a la comunidad en general.

Destinatarios y/o Ámbito de Aplicación del código de ética

La aplicación de este Código de Ética y Conducta se extiende a todos los funcionarios trabajadores, accionistas, miembros de Junta Directiva, representantes legales, clientes y proveedores, relacionadas con actividades propias de MTI.

Disposiciones particulares

Relaciones con los diferentes grupos de interés

Las autoridades: las relaciones con el Gobierno, entidades gubernamentales y demás autoridades, deben conducirse dentro del marco de la ley y bajo el presente Código de ética.

Los clientes y usuarios: los receptores del presente Código deben abstenerse de realizar negocios con personas naturales o jurídicas de las cuáles se tenga conocimiento qué presentan un comportamiento empresarial contrario a la ley. Así mismo deben expresar con claridad a los clientes y usuarios las condiciones de las operaciones y actividades, de tal forma que conozcan los servicios y las obligaciones recíprocas qué se generan en toda actividad comercial. Las solicitudes, reclamaciones y requerimientos deben ser atendidos de manera oportuna y precisa, conforme a la ley y a los contratos respectivos.

Los proveedores: la elección y contratación de proveedores debe fundamentarse en criterios técnicos, profesionales, éticos y en las necesidades de MTI S.A. por medio de procesos qué garanticen la mejor relación costo beneficio, tal como el conocimiento e inscripción del proveedor, la evaluación de este y cotización de precios, entre otros.

Los competidores: se mantiene una competencia leal cómo elemento básico en todas las actividades, operaciones y relaciones con otras compañías de acuerdo con los principios de la sana competencia.

El funcionario: las relaciones deben buscar qué exista un espíritu de colaboración, trabajo en equipo y lealtad, dando estricto cumplimiento a las normas señaladas por el reglamento interno de trabajo y el presente Código.

Código de conducta

Con el fin de construir día a día adecuadas relaciones laborales y la buena convivencia con los compañeros de trabajo y el entorno laboral, MTI S.A. ha determinado los parámetros de conducta y comportamiento qué la empresa espera de sus empleados y miembros de grupos de interés, a través del Manual Programa de transparencia y Ética Empresarial CUM-MAN-002 y los procedimientos y políticas de seguridad física y SSTA.

Ambiente laboral

Para generar un ambiente laboral, debe existir un compromiso por parte de todos los miembros de la organización. En consecuencia, se espera una actitud permanente de respeto, compañerismo, trabajo en equipo y buenas conductas.

Deberes de los receptores

Los directivos, funcionarios, contratistas y terceros en todas sus actuaciones deben:

  • Obrar con buena fe, lealtad, prontitud y cuidado, velando siempre por el respeto de las personas y el cumplimiento de la ley, y dando prelación en sus decisiones a los principios y valores de MTI S.A.
  • No aconsejar o intervenir en situaciones qué permitan, amparen o faciliten actos incorrectos, incluyendo aquellos que puedan utilizarse para confundir la buena fe de terceros o usarse en forma contraria a los intereses legítimos de la compañía, tales como publicidad tendenciosa, espionaje industrial, incumplimiento de obligaciones laborales, comerciales, sociales y demás.
  • Comunicar oportunamente al jefe inmediato todo hecho o irregularidad cometida por parte de otro colaborador, contratista o tercero, qué afecte los intereses de MTI S.A, de sus clientes y usuarios.

En cuanto a reserva operaciones de clientes

Guardar reserva sobre los datos de clientes y usuarios, qué se conozcan en desarrollo de las funciones y labor, evitando qué se deriven perjuicios con la divulgación de ciertos aspectos que por razones comerciales, personales o legales no deben ser de libre acceso al público en general, por lo tanto, deben abstenerse de:

  • Proporcionar información sobre las operaciones de los clientes de nuestros clientes o usuarios a los colaboradores o contratistas de la propia compañía y del grupo, salvo cuando la entrega de dicha información sea estrictamente necesaria para el cumplimiento de sus funciones.
  • Divulgar información reservada qué pudiera dañar la imagen o el prestigio nuestro o de terceros.

En cuanto a información privilegiada

Entendiendo cómo información privilegiada aquella de carácter determinado, bien sea de MTI S.A., de sus clientes o proveedores, qué no ha sido dada a conocer al público; los receptores del presente código deberán abstenerse de:

  • Realizar cualquier actividad en provecho propio o de terceros utilizando información privilegiada de MTI S.A., de sus clientes o proveedores.
  • Suministrar a terceros, información qué no tenga derecho a recibir.
  • Sugerir la realización de una actividad con base en información privilegiada qué conozca en razón de su cargo, rol o función.

Sistema de Autocontrol y Gestion del Riesgo Integral de lavado de activos, financiación del terrorismo y financiación en la proliferación de ramas masivas SAGRILAFT

Asegurar el cumplimiento de las políticas y procedimientos definidos por la compañía, encaminados a prevenir y controlar el lavado de activos, financiación del terrorismo y financiación en la proliferación de Armas Masivas SAGRILAFT.

Velar porque todos funcionarios, clientes, contratistas, proveedores y terceros reúnan requisitos de calidad e integridad moral reconocida además una actividad lícita y transparente.

Anteponer la observancia de los principios éticos al logro de las metas comerciales, considerando qué es primordial generar una cultura orientada a cumplir y hacer cumplir las normas establecidas para la prevención y detección del lavado de activos.

Confidencialidad

Mantener la debida reserva sobre documentación e información confidencial qué esté bajo custodia. Por lo tanto, se debe controlar y evitar qué en cualquiera de las instancias o áreas, se haga uso indebido de dicha información o qué la misma sea conocida por personas qué no tengan autorización para ello.

Así mismo, no revelarán ni transferirán a terceras personas las tecnologías, metodologías, secretos industriales, comerciales o estratégicos a los que haya tenido acceso con ocasión de su cargo, rol o función, ya sean de MTI, sus clientes o proveedores. Igualmente, no obtendrán ni intentarán el acceso a información qué represente secreto industrial, comercial o estratégico en forma ilegítima. Estas obligaciones continuarán incluso después de su desvinculación de la compañía.

Uso adecuado de recursos

Dar uso adecuado y racional del tiempo, las instalaciones, herramientas, equipos y demás elementos de trabajo. Se garantiza el derecho a la privacidad siempre qué la utilización de la infraestructura obedezca exclusivamente a asuntos de carácter laboral.

Divulgación de la información

Toda divulgación de información a clientes, usuarios, autoridades y accionistas; incluidos los resultados, la situación financiera, la composición accionaria y el Gobierno corporativo, así como la información de cuentas, actividades y operaciones de clientes, debe realizarse únicamente por las personas autorizadas de manera veraz, oportuna, completa, precisa y clara.

Conflictos de intereses

En el evento, en qué se presente una situación en la cual los intereses de los destinatarios del presente Código se enfrenten con los de MTI en actividades personales o en el trato con terceros, de tal manera que se afecte la libertad e independencia en la decisión, debe analizarse la situación con base en las políticas y normas legales qué la rigen, los manuales y procedimientos establecidos e informar antes de tomar cualquier decisión.

Regalos e invitaciones: los intereses comerciales de MTI S.A. serán mejor servidos cuando sus decisiones estén basadas en criterios comerciales y no influidas por factores tales cómo regalos, favores, donaciones, invitaciones, viajes o pagos tendientes a obtener resultados para los receptores del presente Código o sus familiares. En consecuencia, los directivos, funcionarios, contratistas y terceros no podrán dar, ofrecer o aceptar, en forma directa o indirecta, regalos, favores, donaciones, invitaciones, viajes o pagos en desarrollo de las actividades realizadas qué puedan influir en sus decisiones para facilitar negocios, operaciones y actividades en beneficio propio o de terceros. Se exceptúan los regalos o invitaciones institucionales o publicitarias qué hagan parte de los negocios y tengan un objetivo comercial definido, tales como lapiceros, agendas, material POP, etc., por valores de mínimo costo, o atenciones (comidas de negocios y/o regalos de navidad) de costo moderado. Los comprobantes o cuentas de cobro presentados a MTI S.A. por concepto de viajes o atenciones sociales deben corresponder a actividades oficiales previa aprobación.

Sin embargo, lo anterior no sustituye el buen actuar, la responsabilidad, el sentido común y ético de los directivos y funcionarios para determinar los casos en qué los regalos o invitaciones tengan un sentido de persuasión o tendientes a favorecer una decisión.

La oferta o recepción de regalos podrán ser aceptados si estos no tienen influencia en las negociaciones entre MTI y el tercero, siempre y cuando los valores de los mismos no sobrepasen la suma de Quinientos mil pesos ML ($500.000) y sean recibidos dentro de las instalaciones de la Compañía y a su vez reportado al oficial de cumplimiento, a través del Formato GG-FOR-005 Declaración de regalos e invitaciones.

Los empleados pueden enfrentarse con situaciones en las que se les ofrezca o deseen entregar a los clientes regalos, gratitudes o invitaciones. El propósito de este formato GG-FOR-005 (Declaración de Regalos e Invitaciones), es mantener la transparencia declarando dichos beneficios para evitar un conflicto de interés. Una vez diligenciado completamente, por favor, envíe este formulario al siguiente buzón de correo: oficialdecumplimiento@thomasgreg.com

Control interno y prevención de actos incorrectos

Se entiende por actos incorrectos:

  • El incumplimiento de normas legales, disposiciones generales y particulares de este Código.
  • Cualquier intento o actuación de un directivo, funcionario, contratista y/o tercero de obtener un provecho indebido para sí mismo o para terceros, abusando de su posición.
  • Aquellos que puedan usarse en forma contraria a los intereses legítimos de MTI S.A. o para confundir la buena fe de terceros.
  • Apropiación indebida de recursos, incluida la propiedad intelectual y la información. En esta categoría se incluyen, entre otros:
  • Malversación de activos
  • Reembolso de gastos ficticios o inflados
  • Reclamos falsos por compensación
  • Fraude de estados financieros
  • Pago de Bienes o servicios ficticios
  • Dádivas bajo la mesa
  • Robo, desviación o uso indebido de información privilegiada o confidencial
  • Soborno
  • Conflicto de Intereses
  • Acto de desviar una transacción

Estos actos pueden involucrar a clientes, proveedores, terceros, representantes, competidores, funcionarios, exfuncionarios y directivos. Los directivos y funcionarios deben velar porque los controles definidos sean cumplidos, y la cultura de autocontrol sea irradiada en la organización, además deben comunicar a el área de riesgos o a quién haga sus veces, cualquier debilidad en los controles o potencial falla del sistema de control, tales como la indebida segregación de funciones y la instalación de nuevos sistemas y programas qué no cumplen con los estándares de seguridad.

Los receptores de este Código deben comprender la legislación, la regulación y en general la normatividad externa e interna qué están obligados a cumplir en sus áreas de trabajo. En especial deben aplicar las políticas y normas establecidas en el presente código, el reglamento interno de trabajo, procedimiento de gestión del riesgo, procedimiento de autocontrol y gestión del riesgo LA/FT, manual para la prevención de lavado de activos, manual de SARO, manuales y procedimientos de los sistemas de gestión.

Investigación de actos incorrectos

Todos los funcionarios y contratistas tienen la obligación de reportar inmediatamente cualquier actividad sospecha o evidencia de la realización de un acto incorrecto.

Este reporte debe hacerse al Oficial de cumplimiento por medio de los canales de comunicación descritos en el presente código.

Lo anterior, sin perjuicio del derecho de formular las denuncias de sospechas de actos ilegales ante las autoridades y entes de control. El oficial de cumplimiento está en la obligación de salvaguardar completa discreción y confidencialidad de las personas que emitan denuncias y de la información qué estas contengan y abstenerse de compartir dicha información con personas qué no contribuyan a dar cumplimiento al presente Código.

La compañía respaldará a los funcionarios y terceros qué de buena fe realicen éstos reportes. El Oficial de cumplimiento con el apoyo de las otras áreas de MTI S.A. qué se requieran, investigará de manera completa los hechos denunciados, con el fin de tomar las acciones a qué haya lugar en cada caso, contra las personas o empresas responsables de los actos incorrectos, sin consideración a su cargo o nivel.

Las investigaciones se llevan a cabo con lo previsto en las normas aplicables, respetando el debido proceso, y todas las personas serán tratadas de manera justa y consistente con los principios rectores de nuestra conducta.

MTI respaldará a los funcionarios qué sean acusados erróneamente de actos incorrectos. Todos los directivos, funcionarios, contratistas y terceros deben cooperar con las investigaciones, asegurar y entregar los documentos y registros qué contribuyan a las mismas.

Los colaboradores no deberán adelantar investigaciones por su cuenta, salvo autorización expresa del oficial de cumplimiento.

El resultado de la investigación será trasladado a las instancias pertinentes internas, para qué se tomen las acciones que correspondan, incluyendo el despido y las denuncias a las autoridades cuándo sea del caso, y la recuperación de los daños y perjuicios a través de los procesos legales.

MTI apoya a las autoridades y entes de control en su lucha contra los actos ilegales. Igualmente, cuando se tenga evidencia de qué otras empresas o personas pueden estar siendo defraudadas, las reportará sin retraso y realizará todos los esfuerzos razonables por apoyar al afectado.

Respecto de las empresas que prestan servicios a la compañía o sus proveedores, el funcionario qué tenga contacto con los mismos es responsable de identificar y mitigar los posibles riesgos de conductas de su personal, qué vayan en contra de este Código y de supervisar el cumplimiento de las políticas qué se establezcan para el efecto.

Se tomarán las medidas correspondientes contra los funcionarios de estas empresas qué falten a la ley.

Malversación de activos

Se define como el acto intencional o culposo de disponer de los activos de la compañía o aquellos por los cuáles ésta sea responsable, en beneficio propio o de terceros; de tal manera que ello cause un detrimento de los estados financieros. Dicha malversación comprende, pero no se limita a:

  • Apropiación física de bienes, sin la respectiva autorización.
  • Apropiación de dinero, títulos representativos de valor o similares, así sea de manera temporal.
  • Realización de gastos no autorizados, en beneficio propio o de terceros.
  • En general, toda apropiación, desviación o uso de los bienes de propiedad o bajo responsabilidad de la compañía para ser destinados a fines diferentes de aquellos para los cuáles hayan sido específicamente adquiridos o recibidos.

Corrupción

Definida como el requerimiento o aceptación, ofrecimiento u otorgamiento por o hacia un directivo, funcionario, contratista o tercero de MTI, de cualquier objeto de valor u otros beneficios cómo favores, promesas o ventajas para sí mismo o un tercero, a cambio de la realización u omisión de cualquier acto relacionado con el trabajo o para influenciar la toma decisiones, tales como:

  • Cualquier pago hecho a un funcionario de parte de un proveedor a cambio de un tratamiento favorable a este último.
  • Sobornos a colaboradores públicos o privados por realizar una determinada acción u omitir una actuación.
  • Suministro de información falsa para encubrir desempeño deficiente o para acceder a bonificaciones.
  • Utilizar falsos reportes para engañar a inversionistas, clientes, entidades financieras o terceros en general.
  • Manipulación de estados financieros.

Falsos reportes

Tendientes a distorsionar la realidad del desempeño propio o de terceros. Incluye la supresión de información material y otros casos cómo:

Manipulación de estados financieros

Se define cómo la producción, alteración o supresión deliberada de registros o hechos de tal forma que distorsionen los estados financieros.

Dicha manipulación comprende, pero no se limita a:

  • El acto de diferir el registro de ingresos, para disminuir los resultados de un período.
  • El acto de diferir o registrar un egreso en fecha diferente al de su causación, con el propósito de mejorar los resultados de un período.
  • El uso de cuentas provisionales o cuentas puente, para distorsionar ingresos o egresos significativos.
  • La creación de transacciones con proveedores o acreedores falsos.
  • La manipulación de saldos de cuentas del activo y pasivo.
  • El traslado periódico de obligaciones reales o ficticias de un acreedor o deudor a otro, real o ficticio, con el propósito de falsear la realidad de los saldos de cartera, cuentas por cobrar, cuentas por pagar y otros activos o pasivos.
  • En general, toda manipulación contable de la realidad financiera de la compañía.

Incumplimiento de obligaciones legales

  • Presentación de falsos reportes de cumplimiento de regulaciones legales.
  • Ocultamiento deliberado de violaciones legales.
  • Ocultamiento de errores contables.

Abuso tecnológico

Incluyendo el acceso no autorizado a sistemas de cómputo, violación de uso de licencias y uso de software ilegal, implantación de virus u otro código malicioso, o cualquier otro tipo de sabotaje, como:

  • Acceso o divulgación no autorizado de archivos electrónicos
  • Uso indebido o abuso de la red
  • Destruir o distorsionar información clave para MTI.
  • Fraude por computador, en todas sus manifestaciones.

Responsabilidades

Corresponde al oficial de cumplimiento asignar un representante idóneo, estar al tanto de los posibles casos de incumplimiento de presente Código de ética y contribuir a la solución.

La Junta Directiva del grupo Thomas Greg & Sons hará seguimiento anual del estado de la compañía, de los actos incorrectos a los que haya lugar y las acciones tomadas para la prevención, mitigación y control, e incluirá el informe correspondiente en su reporte anual a los accionistas.

Por su parte, la auditoría externa e interna también hace revisión periódica de los informes y la solución de los reportes conocidos.

El Oficial de cumplimiento tendrá la responsabilidad de hacer seguimiento a los casos reportados, a realizar la planeación de actividades qué contribuyan a evitar los actos incorrectos y salvaguardar el cumplimiento del presente código.

Los receptores del presente Código contribuirán al cumplimiento mediante la actuación ética, responsable y moral en cada una de sus acciones.

Régimen sancionatorio

Todos los directivos, funcionarios, terceros o contratistas qué voluntariamente o con culpa grave incurran en conductas qué violen los principios éticos y las normas consagradas en el presente Código, serán sancionados de acuerdo con lo previsto en la ley y en el reglamento interno de trabajo.

Ello incluye el comportamiento doloso o negligente en el tratamiento de situaciones de riesgo y debilidades en el sistema de control, así como el encubrimiento de cualquier señal de acto incorrecto, obstaculización de procesos investigativos, denuncias falsas, temerarias o malintencionadas, o aquellas hechas para obtener beneficio personal o a favor de terceros, malos tratos o censura a compañeros de trabajo qué cumplan con su deber de reporte, y omisiones graves en la implementación de planes de mitigación de actos incorrectos.

Oficial de cumplimiento

Los datos del oficial de cumplimiento

  • Angelica Johana Lara Gaitan Oficial de cumplimiento

E-mail: oficialdecumplimiento@thomasgreg.com

Tel: 3174364065

Apoyo en la solución de casos críticos:

  • Secretaria general grupo Thomas Greg & Sons
  • Seguridad corporativa Thomas Greg & Sons
  • Seguridad de la información
  • SSTA
  • Gestión humana

Canales de información y divulgación del código.

El presente Código contiene lineamientos generales qué permiten evaluar gran parte de las situaciones a las qué se pueden enfrentar los receptores, pero no detalla necesariamente todos los problemas que puedan surgir en el día a día.

Eventualmente, podrán surgir dudas sobre cuál es la conducta correcta; en este caso debe remitirse directamente al Oficial de cumplimiento o comunicar al jefe directo quien trasmitirá la información al mismo.

Para ello el oficial de cumplimiento cuenta con los siguientes canales de comunicación:

  • Línea telefónica: 3174364065 a cargo del oficial de cumplimiento.
  • Buzón de sugerencias ubicado en las sedes y bajo la custodia de seguridad física.

Para el conocimiento del Código, se utiliza el espacio de inducción inicial, reinducción anual y capacitaciones específicas para los grupos de interés en situaciones requeridas según los hallazgos y necesidades encontradas; también se realiza divulgación por medio de comunicación interna (pantallas, carteleras, correo corporativo, entre otras).

Referencias normativas

  • ISO/IEC 27001
  • ISO 9001
  • RUC
  • SAGRILAFT
  • Derechos humanos
  • Reglamento interno de trabajo
  • Políticas y procedimiento internos

Glosario

Ética: conjunto de normas morales qué rigen la conducta humana. Según la Real Academia de la Lengua Española RAE.

Grupos de interés: o partes interesadas son “todas aquellas personas, grupos, colectivos u organizaciones qué se ven afectadas, de forma directa o indirecta, por las actividades o decisiones de las organizaciones. Esta definición recoge no solo a personas y/o grupos internos a la organización, sino también externos a ella y con diferentes grados de implicación”.

Lavados de activos: Según la Unidad de Información y Análisis Financiero de la República de Colombia UIAF, el lavado de activos se refiere al acto de “tratar de dar apariencia de legalidad a recursos de origen ilícito. El qué adquiera, resguarde, invierta, transforme, transporte, custodie y administre bienes ilícitos. Los dineros también vienen de delitos como: tráfico de migrantes, trata de personas, extorsión, enriquecimiento ilícito, secuestro, rebelión, tráfico de armas, narcotráfico, delitos contra la administración pública (corrupción) y delitos contra el sistema financiero”.

Gobierno corporativo: Estructura a través de la que se fijan los objetivos de la compañía y se determinan los medios para alcanzar esos objetivos y supervisar el desempeño.

Confidencialidad: es aquello qué se hace o se dice en confianza o con seguridad recíproca entre dos o más personas según RAE.

Conflicto de intereses: según la oficina de ética virtual de las Naciones Unidas, un conflicto de interés puede ser tanto a nivel institucional, cómo personal. Es definido de la siguiente manera: “Un conflicto de interés institucional surge cuando, como resultado de otras actividades o relaciones, una organización no puede prestar servicios imparciales, la objetividad de la organización para realizar la labor correspondiente al mandato se ve o puede verse afectada, o la organización tiene una ventaja competitiva injusta. Un conflicto de interés personal es una situación en qué los intereses privados de una persona —como relaciones  profesionales

externas o activos financieros personales— interfieren o puede entenderse qué interfieren con el cumplimiento de sus funciones oficiales.”

Corrupción: “Un complejo fenómeno social, político y económico qué afecta a todos los países del mundo. En diferentes contextos, la corrupción perjudica a las instituciones democráticas, desacelera el desarrollo económico y contribuye para la inestabilidad política. La corrupción destruye las bases de las instituciones democráticas al distorsionar los procesos electorales, socavando el imperio de la ley y deslegitimando la burocracia. Esto causa la ajena a los inversionistas y desalienta la creación y el desarrollo de empresas en el país, qué no pueden pagar los “costos” de la corrupción”.

Accionista: dueño(s) de una o varias acciones en una compañía comercial, industrial o de otra índole.

Cliente: persona qué utiliza con asiduidad los servicios de un profesional o empresa.

Proveedores: Persona o empresa qué provee o abastece de todo lo necesario para un fin a grandes grupos, asociaciones, comunidades, etc.